jueves, 25 de marzo de 2010

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN (SIEE)



INFORME

DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE

EVALUACION ESCOLAR (SIEE)

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN ESCOLAR

1. SÍNTESIS SOBRE EL MARCO TEÓRICO Y CONCEPCIÓN PEDAGÓGICA QUE SUSTENTA LA EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES EN LA INSTITUCIÓN EN CONSONANCIA CON LA DEFINICIÓN DADA EN EL ARTICULO 1 NUMERAL 3 DEL DECRETO 1290 Y EL PEI.

CONTENIDOS PROCEDIMENTALES:

Se refieren a la capacidad para operar y transformar la información (los conceptos y hechos).

CONTENIDOS ACTITUDINALES:

Se refieren a las motivaciones, creencias, expectativas, intereses, emociones, sentimientos del estudiante hacia el aprendizaje. Permite que desde cada área puedan evaluarse aspectos formativos como: la responsabilidad en el cumplimiento con tareas y trabajos, la participación proactiva durante las clases, el sentido de solidaridad y colaboración con los compañeros, el respeto a sus compañeros, profesores, la clase y al material didáctico puesto a su disposición. Debe incluir la autoevaluación del estudiante. Cada área debe definir e incluir en el Plan de Área los criterios para evaluar este contenido actitudinal e informarlo el comenzar el año escolar a padres de familia y estudiantes.

AUTOEVALUACION:

Proceso de evaluación desarrollado por la propia persona a evaluarse; si se toma en cuenta que la evaluación es una comparación entre una situación ideal con la real para emitir un juicio de valor, la autoevaluación requiere una considerable cuota de responsabilidad y honestidad para emitir dicho juicio de valor ya que el sujeto que practica la autoevaluación es juez y parte, es decir, es el evaluado y el evaluador. Esta circunstancia practicada en el aula no excluye el rol del docente para dar indicaciones o rúbricas sobre los procedimientos o criterios en la autoevaluación. La autoevaluación en si misma es un requerimiento esencial de cara a la educación para la vida, ya que el individuo en su realidad técnica, profesional deberá practicar constantemente la autoevaluación de forma responsable.

2. LOS PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES SON: (Art. 3- Dto. 1290/09)

LA EVALUACION COMO VALORACION PARA MEJORAR:

En la definición e implementación del decreto 1290 no se puede perder de vista que la labor esencial de la evaluación de los estudiantes es la de valorar, entendida no como calificar, sino la comparación de resultados con unos criterios preestablecidos, en función de ir mejorando los desempeños en el proceso. El decreto señala esta función de la evaluación en el articulo 3 numerales 2 y 3: “proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante”. In formación que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. En otras palabras, la institución y los docentes deben reafirmar y fortalecer la evaluación como un proceso inherente a su labor pedagógica en función de identificar las debilidades que están ocurriendo dentro del proceso de aprendizaje.

En relación con lo que espera el estudiante sea, sepa y sepa hacer, y convivir para ofrecerle estrategias pedagógicas de apoyo que contribuyan a facilitar el aprendizaje. En este sentido la evaluación es eminentemente incluyente y de ninguna manera cumple la función de “rajar estudiantes”.

La calificación solo cumple la función de informar al padre de familia la situación de aprendizaje del estudiante en un momento dado, o definir al final la promoción de ese estudiante al grado inmediatamente superior.

Se señalan tres propósitos fundamentales de la medición basada en estándares:

. Contribuir o comunicar las competencias que se esperan sean desarrolladas en las escuelas por los docentes y los estudiantes.

. Concretizar las metas para orientar los procesos de enseñanza y aprendizaje.

.Centrar el esfuerzo de los educadores y los estudiantes en las metas de desempeño específicos.

  1. SÍNTESIS DE LAS CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS ESTUDIANTES DE LA INSTITUCIÓN, FRUTO DEL DIAGNÓSTICO REALIZADO A LOS ALUMNOS EN ASPECTOS GENERALES COMO LOS SIGUIENTES:

La población estudiantil se caracteriza por:

    • La mayoría pertenecen al estrato 3 y son hijos de empleados o personas con negocios independientes.
    • Se declaran deseosos de terminar sus estudios de básica y media como alternativa de ingreso a estudios superiores.
    • Gustan de áreas como la Literatura, la matemáticas, empresarismos y lo relacionado con la informática.
    • Desarrollan habilidades por el trabajo en equipo y trabajo colaborativo.
    • Son solidarios y propician adecuados ambientes de trabajos.
    • Son respetuosos y atienden las propuestas formativas que se les brindan desde cada una de las áreas del conocimiento.

CRITERIO DE EVALUACION:

Se entiende como una” característica o una propiedad de un sujeto u objeto, acuerdo con el cual formulamos sobre él un juicio de apreciación”·esto significa

que un criterio nos permite referirnos a una acción o comportamiento, comparativamente en relación con el otro, que anuncia las reglas del primero y autoriza la evaluación.

Los criterios de evaluación los que responden a la pregunta: ¿Qué evaluar? Es lo que el docente espera que su estudiante sepa y sepa ser al finalizar un proceso de enseñanza y aprendizaje.

Se puede definir como un estándar establecido previamente en función de lo que razonablemente se pueda esperar del alumno. El criterio debe incluir los siguientes elementos.

El rendimiento de alumno en función de sus posibilidades.

Progreso, entendido como la relación entre el rendimiento actual y rendimiento anterior.

Norma limite o meta exigida, y entendida como el mínimo que se le debe exigir al alumno.

Además de de los estándares se requieren establecer los indicadores que posibiliten al docente y al estudiante identificar con claridad el nivel de alcance del saber y saber hacer propuesto en el estándar, para dar claridad y objetividad al proceso de autoevaluación, coevaluación y heteroevaluacion. También se puede incluir otros estándares que tienen que ver con el P.E.I de la institución, las características de la población de estudiantes y las necesidades del contexto.

Esos criterios en la educación básica y media del sistema educativo Colombiano están establecidas en los estándares nacionales básicos de competencias en lenguaje, matemáticas, ciencias y ciudadanas propuestos por la comunidad académica nacional y mandados por el Ministerio de Educación Nacional para todo el país y en los alineamientos curriculares de las otras áreas.

También se pueden incluir en los criterios de evaluación los procesos metodológicos para su realización que permitan definir aspectos como: Cuándo se evalúa, Cuántas evaluaciones se hacen en el periodo y de que tipo, Quiénes evalúan con que procedimientos, Cuándo se califican y con que procedimiento, Qué se hace con los resultados.

  1. CRITERIOS DE EVALUACION (Artículo 4, Numeral 1, decreto 1290 de 2009)

La Institución determina estilos y ritmos de aprendizaje, para ajustar el proceso educativo que permita una evaluación pertinente.

Valoración de conocimientos previos del estudiante, como base para la comprensión de nuevos conocimientos.

El estudiante debe demostrar mediante un desempeño específico la competencia, objeto de estudio.

La valoración básica en el proceso formativo en la institución será como mínimo los calificados con 3.0.

La evaluación será continua durante todo el proceso formativo y empleando diferentes estrategias teniendo en cuenta los ritmos de aprendizaje.

5. CRITERIOS DE PROMOCIÓN (Artículo 4, Numeral 1 y artículo 6; decreto 1290 de 2009).

CRITERIOS DE PROMOCION:

La promoción es el reconocimiento que se hace al estudiante por que ha cubierto adecuadamente una fase de su formación, y demostrando que reúne las competencias necesarias para que continúe al grado siguiente, según los criterios que previamente estableció la institución educativa.

En el caso de la promoción anticipada al grado superior se hace finalizar un primer periodo académico cumpliéndose con el criterio y procedimiento establecido en el artículo 7 del decreto 1290.

Los criterios de promoción son indicadores previamente incorporados al P.E.I utilizados para valorar el grado de madurez alcanzado por el alumno y las posibilidades que tienen de continuar sus estudios con éxito.

PROMOCION ESCOLAR

GRADOS 1º A 11º

No aprueban el curso y por tanto no se promueven al grado siguiente:

1. Los estudiantes que terminado el año escolar presenten DESEMPEÑO BAJO en tres (3) o mas áreas.

2. Los estudiantes que terminado el año escolar hayan reprobado dos (2) áreas y después de realizado el proceso de recuperación (en los términos que se indican mas adelante), las reprueben ambas.

3. Los estudiantes que hayan dejado de asistir al 15% de las actividades académicas, justificadas con certificación médica o con argumentos claros de sus acudientes.

PARAGRAFO 2: Los estudiantes de la media técnica, que obtengan un desempeño bajo en el área de la especialidad y sean promovidos; si son de grado 10º continuaran con las áreas básicas y su titulo al terminar la media será de bachiller académico. De igual manera los estudiantes de grado 11º que obtengan desempeño bajo en la especialidad se graduaran como bachilleres académicos.

6. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL. (Artículo 5, Decreto. 1290 de 2009)

ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL

EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.

Una calificación de 4.5 a 5.0

DESEMPEÑO SUPERIOR

Una calificación de 3.8 a 4.4

DESEMPEÑO ALTO

Una calificación de 3.0 a 3.7

DESEMPEÑO BASICO

Una calificación de 0.0 a 2.9

DESEMPEÑO BAJO

7. DEFINICIÓN DE CADA DESEMPEÑO Y SU EQUIVALENCIA EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA:

7.1 QUE ES UN DESEMPEÑO SUPERIOR O SU EQUIVALENTE Y CUANDO UN ESTUDIANTE ES MERECEDOR DE ESTA VALORACIÓN

La valoración de este desempeño corresponde a aquellos estudiantes que por el desarrollo de sus habilidades y competencias evidencian resultados que superan la propuesta institucional en las respectivas áreas del conocimiento.

7.2 QUE ES UN DESEMPEÑO ALTO O SU EQUIVALENTE Y CUANDO UN ESTUDIANTE ES MERECEDOR DE ESTA VALORACIÓN

La valoración de este desempeño corresponde a aquellos estudiantes que por el desarrollo de sus habilidades y competencias evidencian resultados que dan cuenta de logros alcanzados según la propuesta formativa de cada una de las áreas y de los estándares curriculares.

7.3 QUE ES UN DESEMPEÑO BASICO O SU EQUIVALENTE Y CUANDO UN ESTUDIANTE ES MERECEDOR DE ESTA VALORACIÓN

La valoración de este desempeño corresponde a aquellos estudiantes que por el desarrollo de sus habilidades y competencias evidencian resultados que dan cuenta de logros alcanzados en lo mínimo establecido por la propuesta formativa de cada una de las áreas y de los estándares curriculares.

7.4 QUE ES UN DESEMPEÑO BAJO O SU EQUIVALENTE Y CUANDO UN ESTUDIANTE ES MERECEDOR DE ESTA VALORACIÓN

La valoración de este desempeño corresponde a aquellos estudiantes que por el desarrollo de sus habilidades y competencias evidencian resultados que no alcanzan los logros mínimos establecidos por la propuesta formativa de cada una de las áreas y de los estándares curriculares.

DESEMPEÑO BAJO, con nota menor que 3.0, indicará reprobación del área.

8. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA VALORACIÓN DEFINITIVA POR AREA, UNA VEZ CULMINADO EL AÑO LECTIVO ESCOLAR (VALORACION INTEGRAL DE ACUERDO AL DESEMPEÑO DEMOSTRADO DURANTE LOS PERIODOS)

GRADOS 1º A 11º

La evaluación en los grados 1º a 11º se realiza con base en las competencias cognitivas (contenidos conceptual y procedimental) y la competencia actitudinal (CONTENIDOS ACTITUDINALES), definidos para cada área.

A lo largo de un periodo académico, el profesor recopilará varias calificaciones para cada logro.

Estas calificaciones parciales se anotará en la escala de 0.0 a 5.0 y admiten valores decimales como 1.3, 2.8, 3.6, 4.1……..

Al finalizar el periodo, el profesor promedia aritméticamente las notas obtenidas en cada logro expresando el resultado con un numero entero y una cifra decimal; por ejemplo, 2.4, 3.1 4.5, 4.0, 2.9….

La calificación de la asignatura o área en cada periodo será el resultado del promedio aritmético de sus logros.

Finalizado el cuarto (4º) periodo y para calcular la nota final se suman los porcentajes de cada periodo.

9. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR (artículo 4, numeral 4)

RECUPERACION

TERMINADO EL PRIMER SEMESTRE.

1. Las actividades de recuperación para los estudiantes que, terminado el primer semestre académico, hayan presentado DESEMPEÑO BAJO, en una (1) o mas áreas o asignaturas se realizaran en la semana de desarrollo institucional de junio (primer semestre)

Cada recuperación se realizara con base en un taller teórico-practico, el cual debe incluir las competencias cognitivas definidas en el área correspondiente. El docente entregara el taller, al estudiante, antes de culminar el primer semestre académico.

Los resultados de la evaluación de recuperación incluirán la entrega diligenciada del taller y la evaluación formal presentada durante la semana.

REFUEZOS (EVALUACIONES DE PERIODO)

Procesos que se realizaran durante las semanas 9 y 10 de cada periodo académico. Para tal efecto cada área programará las EVALUACIONES DE

REFUERZO DE PERIODO con base en los núcleos temáticos y apoyos didácticos desarrollados durante el periodo. Los contenidos y logros, objetos de evaluación serán informados oportunamente a los estudiantes.

10. ESTRATEGIAS PERMANENTES DE APOYO PARA LA SUPERACION DE LAS DEBILIDADES DE LOS ESTUDIANTES (artículo. 4 numeral 6, artículo 11 numeral 3 y 4, artículo 12, numeral 4; por períodos)

La institución programa en la última semana de cada periodo un examen tipo taller técnico- practico, que permita afianzar las competencias del periodo.

En cada semestre se realiza un taller de refuerzo, con el fin de mejorar el desempeño en cada área.

El docente de la institución tiene presente las inteligencias múltiples de los estudiantes con el fin de realizar acciones de mejorar en los desempeños.

11. AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES:

AUTOEVALUACION:

Proceso de evaluación desarrollado por la propia persona a evaluarse; si se toma en cuenta que la evaluación es una comparación entre una situación ideal con la real para emitir un juicio de valor, la autoevaluación requiere una considerable cuota de responsabilidad y honestidad para emitir dicho juicio de valor ya que el sujeto que practica la autoevaluación es juez y parte, es decir, es el evaluado y el evaluador. Esta circunstancia practicada en el aula no excluye el rol del docente para dar indicaciones o rúbricas sobre los procedimientos o criterios en la autoevaluación. La autoevaluación en si misma es un requerimiento esencial de cara a la educación para la vida, ya que el individuo en su realidad técnica, profesional deberá practicar constantemente la autoevaluación de forma responsable.

12. ACCIONES QUE GARANTIZAN EL CUMPLIMIENTO DE LO IMPLEMENTADO EN EL S.I.E POR PARTE DE LOS DIRECTIVOS Y DOCENTES (artículo 4, numeral 7)

12.1. Delimitacion, definición y presentación de indicadores de desempeño, que se hará al inicio de cada unidad de trabajo en las respectivas áreas y grupos

12.2. Registros del proceso en las planillas de control por parte del docente

12.3. Presentación de estrategias metodologicas para refuerzos y recuperación

12.4. Registro de proceso académico en coordinación por periodos

12.5. Informe a padres de familia o acudiente respecto a dificultades del proceso

12.6. Programación, asesoria, presentación y sustentación de actividades y desempeños

12.7. Registro de informe a estudiante

12.8. Planilla de informe a coordinación y secretaria

12.9. Informe a padres de familia o acudientes al finalizar cada Periodo Académico y el año escolar

13. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES

13.1. NÚMERO DE PERIODOS ACADÉMICOS DEFINIDOS: 4 (cuatro)

13.2 NUMERO DE ENTREGA DE INFORMES DE EVALUACIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA, INCLUYENDO EL INFORME FINAL 4 (cuatro) (ARTÍCULO 4, NUMERAL 8)

13.3 MODELO DEL INFORME O BOLETÍN ESCOLAR (Artículo 4, numeral 9.)

Observación: anexar modelo del informe.

14. INSTANCIA PARA REALIZAR EL SEGUIMIENTO DE LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ( COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN U OTRA INSTANCIA ( artículo 11, numeral 5 )

  1. Comisión de evaluación y promoción
  2. Consejo Académico
  3. Consejo Directivo

CONFORMACIÓN DE LAS COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

Se conformará una comisión para cada grado, integrada por:

Los directores de grupo.

Un padre o madre de familia de uno de los estudiantes del respectivo grado.

Un alumno del mismo grado, que será el miembro del consejo de estudiantes.

El coordinador académico, quien la presidirá.

CONSEJO ACADEMICO

INTEGRADO POR:

Coordinadores de la Institución

Jefes de área

El Rector, quien lo presidirá

15.INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN (artículo 4, numeral 10, artículo 11, numeral 7)

15.1 Instancias:

Cuando el estudiante tenga dificultades de carácter evaluativo, para resolver las diferencias puede proceder ante las siguientes instancias:

· El profesor del área con quien se ha suscitado la diferencia.

· El director del grupo al cual pertenece el estudiante.

· La coordinación con funciones académicas.

· El consejo académico.

· El rector.

· El Consejo Directivo

15.2 Procedimiento: (defina cómo, cuándo, dónde y los tiempos para responder y atender los reclamos. Importante resaltar que cuando el usuario reclama por escrito, se responda también por escrito en los términos de ley y cuando pasen a estamentos del gobierno escolar se dejen evidencias en las respectivas actas )

La primera instancia ante el docente, es estudiante lo hace de forma oral y en el transcurso de las siguientes 24 horas hábiles.

Ante las demás instancias del numeral anterior la queja debe presentarse por escrito y según el conducto regular en el transcurso de los 3 días hábiles siguientes, en todos los casos.

15.3 Mecanismos de atención a estudiantes (El mecanismo hace relación a la forma como pueden reclamar, como por ejemplo: si es oral (personal), por escrito, vía telefónica, por email, u otro, es decir, definir con cuál o cuáles de ellos se puede comunicar el padre o el estudiante y cómo y en qué tiempos responderá la institución.)

Tal como lo establece el punto anterior en el primer caso del conducto regular se hace vía oral por el mismo estudiante y ante el docente implicado quien tendrá 24 horas hábiles para resolver la diferencia y comunicarle al estudiante mediante evidencia escrita.

En los demás casos se debe hacer por vía escrita y lo puede interponer el estudiante y/o el acudiente ante el organismo correspondiente quien deberá responder por vía escrita en los siguientes 3 días hábiles y en el marco del conducto regular establecido.

15.4 Mecanismos de atención a padres (igual observación a la anterior)

Los padres o acudiente deben solicitar cita por escrito ante coordinación y ésta remitirá la petición a la instancia pertinente en atención al conducto regular, procediendo a conceder la cita en el transcurso de los 2 días hábiles siguientes a más tardar.

15.5 Estrategias de divulgación de procedimientos y mecanismos para las reclamaciones

Estos procedimientos se divulgan:

  • En el Manual de Convivencia.
  • Proceso de divulgación e inducción al iniciar el año escolar.
  • Socialización grupal.
  • Cartelera institucional.

16. PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA: (artículo 4, numeral 11)

Se hará mediante:

Convocatoria por grados

Reuniones generales

Consejo de padres

Escuela de padres

Convocatoria miembros Asociación de padres de familia

17. MECANISMOS PARA CREAR, DEFINIR, SOCIALIZAR, APROBAR, INCORPORAR, DIVULGAR EL S.I.E.E (artículo 8,)

a) Acta del consejo de estudiantes en donde se socializó y discutió el SIEE Nº 02 fecha octubre 2 de 2009

b) Acta del consejo de padres en donde se socializó y discutió el SIEE Nº 02 fecha Septiembre 28 de 2009

c) Acta del consejo académico en donde se socializó, discutió y aprobó el SIEE. Nº 005 Fecha Noviembre 4 de 2009

d) Acuerdo del consejo directivo que aprueba e incorpora el SIEE al PEI, plan de estudios y en general al currículo: ACUERDO Nº 010 Fecha Noviembre 24 de 2009

e) Resolución rectoral para la ejecución de lo aprobado. Resolución Nº 012 Fecha Noviembre 26 de 2009

18.CRITERIOS Y PROCESOS PARA FACILITAR LA PROMOCIÓN AL GRADO SIGUIENTE DE AQUELLOS ESTUDIANTES QUE NO LA OBTUVIERON EN EL AÑO LECTIVO ANTERIOR ( artículo 7 )

Para este caso también se asimila a la propuesta y condiciones de promoción anticipada previsto en el siguiente numeral

19. PROMOCIÓN ANTICIPADA: (artículo 7)

PROMOCION AL GRADO SIGUIENTE DENTRO DE LA INSTITUCION.

Durante el primer periodo del año escolar el consejo académico, previo consentimiento de los padres de familia y análisis de la comisión de evaluación y promoción de grado, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa o de aquellos estudiantes que no la obtuvieron en el año lectivo anterior cuando se cumplan las siguientes:

CONDICIONES

Que su promedio en cada una de las áreas sea mayor o igual 4.5 (DESEMPEÑO SUPERIOR) (S)

Que no haya sido sancionada por procesos disciplinarios en el presente año.

20 .ESTRATEGIAS DE INFORMACIÓN DEL SIEE PARA ESTUDIANTES, PADRES DE FAMILIA Y DOCENTES QUE INGRESEN EN CADA PERIODO ESCOLAR (artículo 8, numeral 7)

El líder del proceso Académico tendrá en cuenta:

Jornadas de trabajo de inducción y reconocimiento del SIEE

Entrega de documento y copia en medio magnético del texto completo

Socialización con padres de familia y estudiantes nuevos.

21. PERIODO DE TRANSICIÓN DEL DECRETO 230 DE 2002 AL DTO 1290 DE 2009.

21.1 DETERMINACIONES PARA LOS ESTUDIANTES PROMOVIDOS CON 1, 2,3 AREAS O MAS, CON INSUFICIENTE O DEFICIENTE. (Según Dto. 230 de 2002)

Se establece un programa de trabajo durante la Semana Institucional teniendo en cuenta:

  1. Logros no alcanzados en las áreas evaluadas con Insuficiente o Deficiente y se orienta al estudiante para superar las dificultades
  2. Programación de actividades de Asesoria presentación y sustentación
  3. Informe del docente siguiendo el proceso de actividades de seguimiento consagradas en el numeral 12 de este Informe

Al finalizar la última semana lectiva del año 2009, todos los estudiantes deben definir su situación académica, es decir, se deben hacer las recuperaciones pertinentes, con base en el decreto 0230 de 2002.

21.2 DETERMINACIONES PARA LOS NO PROMOVIDOS EN EL AÑO 2009: ( en atención al artículo 11 del dto. 230 de 2002

Estos estudiantes asumen a partir de Enero de 2010 todos los efectos del Sistema Institucional de Evaluación

22. GRADUACIÓN: (artículo 18)

Teniendo en cuenta que la ceremonia final de graduación para los estudiantes que serán proclamados bachilleres es un acto voluntario y libre que hace la institución como una forma de reconocimiento publico, mostrando lo orgulloso que se siente de entregarle a la sociedad unos hombres y unas mujeres de futuro otorgado con honor un diploma; merito que se gana gracias a los éxitos obtenidos en lo académico y disciplinario. La institución se reserva el derecho de proclamar bachiller a un (a) estudiante en la ceremonia colectiva de grados cuando, aún cumpliendo con lo requisitos académicos para obtener el titulo de bachiller, se hayan presentado situaciones que vayan en contravía de las normas establecidas en el Manual de Convencía, en particular las consideradas como faltas muy graves.

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GABRIEL EDUARDO GUZMÁN BOOM

Rector

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